B1949 12/09/24 A PARTIR DEL PRIMER MINUTO DEL DOMINGO 15 DE SEPTIEMBRE INICIA LA DISPOSICIÓN DE LEY SECA PARA CELEBRAR EN SANA CONVIVENCIA LAS FIESTAS PATRIAS

• La resolución de carácter general determina la prohibición de venta y expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos mercantiles o lugares con actividades análogas ubicados en la jurisdicción del municipio

• Están exentos restaurantes, antojerías, fondas, loncherías, taquerías, torterías y marisquerías

El Ayuntamiento de Cuernavaca informa que en el marco de las Fiestas Patrias en el municipio estará prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes a partir de las 00:00 horas del 15 de septiembre hasta las 23:59 horas del 16 de septiembre del 2024 con el objetivo de garantizar la sana convivencia en estos festejos.

En la Resolución de Carácter General RCG/002/2024 que firman el presidente municipal de Cuernavaca, José Luis Urióstegui Salgado y el secretario del Ayuntamiento, Carlos de la Rosa Segura, se acuerda de forma general la suspensión de actividades para vender o dar gratuitamente bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones y presentaciones en los establecimientos mercantiles o lugares con actividades análogas ubicados en la jurisdicción del municipio, los cuales tengan operaciones relacionadas con la venta de alcohol.

Además, está prohibida la venta, consumo o distribución de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones y presentaciones en la vía pública, ferias, romerías, tianguis, kermeses, mercados, festejos populares o aquellos lugares con actividades análogas, en caso contrario serán sancionados conforme a la normatividad aplicable.

Se exceptúan del presente acuerdo los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas en su modalidad de restaurantes, antojerías, fondas, loncherías, taquerías, torterías y marisquerías con servicio de comedor y de meseros con venta de bebidas alcohólicas, bar o restaurante con servicio de comedor y de meseros con venta de bebidas alcohólicas, incluyendo cerveza, que operen como parte de las instalaciones de establecimientos de hospedaje, bar o cantina con servicio de alimentos, discoteca y giros previstos en el artículo 25 de la Ley de Ingresos del municipio de Cuernavaca para el ejercicio fiscal 2024.

Las Secretarías del Ayuntamiento, de Protección y Auxilio Ciudadano, de Desarrollo Económico y Turismo, así como la Dirección de Verificación Normativa, realizarán las acciones correspondientes para el debido cumplimiento de la resolución y de las demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan la prevención y combate al abuso de bebidas alcohólicas y de regulación para su venta y consumo en el estado de Morelos

 

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