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B537 27/07/22 APRUEBA CABILDO DEL AYUNTAMIENTO EL REGLAMENTO DE PENSIONES DEL GOBIERNO MUNICIPAL

A propuesta de la Comisión de Gobernación y Reglamentos esta nueva normativa dará certeza jurídica a los trabajadores y mejores herramientas a la administración municipal

Con el objeto de dar certeza jurídica a la base trabajadora y claridad al Gobierno Municipal respecto de la toma de decisiones para aplicar la Ley del Servicio Civil con mayor legalidad y mejores instrumentos, integrantes del Cabildo autorizaron este miércoles el Reglamento de Pensiones del Ayuntamiento de Cuernavaca, solventando así una deuda histórica con los organismos descentralizados que fueron incluidos y que podrá ser un referente para los demás municipios del estado.

En sesión ordinaria y tras autorizar una vez más pensiones y jubilaciones a consecuencia de resoluciones judiciales emanadas del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), la regidora presidenta de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, Paz Hernández Pardo, presentó el reglamento, mediante el cual se establecen las bases y lineamientos para que los trabajadores del Ayuntamiento, de los organismos descentralizados y los elementos de Seguridad Pública Municipal, puedan acceder a este derecho por jubilación, cesantía por edad avanzada e invalidez, viudez u orfandad y ascendencia.

Precisó que la norma fue aprobada conforme a la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, la Ley de Prestaciones de Seguridad Social de las Instituciones Policiales y de la Procuración de Justicia del Sistema Estatal de Seguridad Pública, acuerdo que permite emitir las bases generales para la expedición de pensiones de los servidores públicos de los municipios del estado de Morelos, la Ley Orgánica vigente en el estado, y demás normativa aplicable; proyecto que fue revisado por la Consejería Jurídica y la Dirección de Mejora Regulatoria del municipio para tener el visto bueno de cada una de las áreas y verificar que el mismo se hiciera en concordancia con la normativa ya señalada.

Al respecto, el presidente municipal de Cuernavaca, José Luis Urióstegui Salgado, señaló la importancia de contar con un instrumento jurídico que guíe a la administración en cuanto a la integración del Comité de Valoración previa que define, en una primera etapa, las pensiones y jubilaciones para luego enviar las solicitudes a la Comisión Permanente Dictaminadora de Pensiones, integrada regidores, quienes llevan a cabo el análisis de los derechos de quienes requieren se les haga efectiva una pensión o jubilación.

“Da certeza a quienes desempeñaron su trabajo y permite a las autoridades que participan en esto a tener también claridad respecto de la toma de decisiones para aplicar la Ley de Servicio Civil. Seguramente facilitará las cosas y puede servir de guía a otras autoridades similares a la nuestra”, puntualizó.

En este marco, el regidor presidente de la Comisión Permanente Dictaminadora de Pensiones, Debendrenath Salazar Solorio, explicó que a través del reglamento se describen todos los elementos que tienen que cubrir los trabajadores para solicitar su pensión, reconociendo el tiempo laborado para que puedan cubrir y gozar de este derecho, así como del porcentaje que les corresponde, en apego a la legalidad, avalando que los documentos que presenten sean con pleno conocimiento de la comisión, del comité técnico, pero también de las autoridades que les emitan un dictamen en donde les reconozcan esa antigüedad o no a la base trabajadora.

Afirmó que la norma facilita el procedimiento a todos los actores intervinientes respecto de las solicitudes presentadas, cubriendo una deuda histórica con el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Cuernavaca (SAPAC) y el Sistema Municipal DIF Cuernavaca, que no habían sido considerados, dejando en este caso un precedente para los organismos descentralizados.

Finalmente, la síndica municipal, Verónica Atenco Pérez, felicitó a los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos por este trabajo que forma parte fundamental de la necesidad de poner orden administrativo en el Gobierno Municipal.

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